Mejor no

La esencia de las constituciones, desde sus orígenes remotos, es que se puedan cambiar.

Por: Juan Esteban Constaín

Tuve una vez un abuelo constitucionalista que decía en sus libros que las constituciones son obras vivas y maleables, el trasunto de la sociedad y de la época que las produce. Por eso no se escandalizaba con los mecanismos del cambio y la reforma constitucional, aunque yo también creo que eso tenía que ver con dos cosas: una, que mi abuelo era liberal, nadie es perfecto; y dos, que vivió en los días de gloria del reformismo histórico de López Pumarejo.

Pero es cierto: la esencia de las constituciones, desde sus orígenes remotos en la Inglaterra del siglo XIII, por no hablar de la República Romana, es que se puedan cambiar, incluso que se puedan derogar de arriba a abajo y que el pueblo, el famoso “constituyente primario”, haga una nueva que refleje mejor sus intereses y valores, sus anhelos, sus conflictos, su voluntad de acomodarse a los tiempos que van mudando y van llegando.

Pero como la constitución es la espina dorsal de una sociedad, o debería serlo, el resumen más profundo de su naturaleza histórica, tampoco convienen el excesivo manoseo ni el cambio abrupto y caprichoso, al vaivén solo de los intereses de un caudillo o un partido o una secta, como pasaba en la Colombia del siglo XIX, en la que las guerras civiles desembocaban siempre en un nuevo texto constitucional que los ejércitos llevaban en la punta del fusil.

Esas constituciones eran dogmáticas y partisanas, un acto de victoria que debía envilecer y desalojar de la vida política al contrincante. La Constitución del 86 también lo fue, de alguna manera, pero logró integrarse a la construcción de un orden civil a lo largo de todo el siglo XX, aun dentro de la violencia partidista y los estados de excepción y con una serie de reformas de fondo, eso sí, que jalonaron mal que bien el esquivo ingreso de Colombia a la modernidad.

Igual quedaban muchas promesas incumplidas, muchas realidades de la vida y de la identidad colombianas, digamos que de la nación, que no tenían cabida en ese relato constitucional del 86, por eso fue tan importante el proceso constituyente del 91, que surgió, es cierto, de una ruptura del orden jurídico vigente. Pero por una razón muy simple, y es que desde el plebiscito de 1957 la Constitución del 86 era casi irreformable, un nudo ciego.

Por eso el presidente Virgilio Barco, con un valor civil admirable, se jugó sus restos para propiciar un cambio constitucional que solo era posible acudiendo, ahí sí, al “constituyente primario”; poniéndose por encima del orden jurídico para crear uno nuevo que era necesario para salir de una crisis política y social monumental, cuando el Estado colombiano era casi un Estado fallido y la mafia y la violencia lo tenían arrinconado.

Las constituciones no son fórmulas mágicas sino cartas de

navegación; no resuelven los problemas de la sociedad,

a duras penas los encauzan en una ley fundamental para que

no se impongan la barbarie.

Ese proceso constituyente desembocó en un consenso político como ha habido pocos en nuestra historia, consenso que es la esencia de la Constitución de 1991, aun con todas sus reformas y sus ilusiones postergadas. Pero ahí ya ocurrió un acuerdo sobre lo fundamental en el que se sentaron las bases de una sociedad abierta y pluralista, mucho más justa y equitativa, inspirada en los valores más altos del Estado Social de Derecho.

Las constituciones no son fórmulas mágicas sino cartas de navegación; no resuelven los problemas de la sociedad, a duras penas los encauzan en una ley fundamental para que no se impongan la barbarie, la fuerza bruta y la dictadura. Ese es el deber ser, obvio, y siempre habrá excepciones o fracasos. Pero el proceso constituyente que necesitaba Colombia ya se dio y el resultado fue el mejor posible, negarlo es deshonrar la memoria de quienes lo hicieron realidad.

Salvo que queramos volver al salvaje caudillismo del siglo XIX, y supongo que a muchos les fascinará esa idea. Pero como decía mi abuelo: mejor no.

Publicado en El Tiempo – 9 de mayo de 2024

www.juanestebanconstain.com

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